El TJUE sentencia que España infringe el Derecho Europeo sobre contratos temporales:
http://confilegal.com/20160914-el-tjue-sentencia-que-espana-infringe-el-derecho-europeo-sobre-contratos-temporales/
Recuerda también que la Administración pública española no tiene obligación de crear puestos estructurales y que le está permitido proveer los puestos mediante el nombramiento de personal estatutario temporal interino, sin que exista una limitación en cuanto a la duración de los nombramientos ni en cuanto al número de sus renovaciones. De ello se desprende que la situación de precariedad de los trabajadores se convierte en permanente.
Enlace a la sentencia:
http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf;jsessionid=9ea7d2dc30d5c8c3f395e78140198358dfe1940969ac.e34KaxiLc3qMb40Rch0SaxyKa310?text=&docid=183300&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=570547