Deducción cuota sindical en el IRPF UGT
Recuerda que puedes deducir o desgravar tu cuota sindical de UGT en la declaración de la Renta
Todos los afiliados y afiliadas a UGT pueden deducir la cuota de afiliación sindical en la declaración anual de la renta, como así lo estipula la ley del IRPF. Esta deducción puede suponer un ahorro en la cuota de entre el 20 y el 35% según los casos.
La cantidad a deducir hay que ponerla en el espacio reservado a "Cuotas satisfechas a sindicatos" [casilla 012] del impreso oficial (digital o en papel) del IRPF.
Más abajo te mostramos una gráfica donde añadir tu desgravación al borrador de Declaración por internet, pero si tienes dudas al respecto, ponte en contacto con nosotros a través de nuestra sección sindical Hospital Regional de Málaga.
Nota importante:
No es necesario disponer del certificado de cuotas pagadas en el momento de hacer la declaración, es suficiente con que recuerdes el importe anual (en el caso de que la Agencia Tributaria te lo solicite puedes contactar con UGT y te proporcionaremos un Certificado oficial).
CUOTA TRABAJADOR ACTIVO (incluye protección asesoría jurídica) 11,85€ al mes. En el caso de que hayas estado todo el año 2015 142,20€.
CUOTA PARADO CON INGRESOS (no incluye protección asesoría jurídica) 8, 35 € mes. Año 100, 20€
OTRAS CUOTAS, consulta con tu sección sindical.